viernes, octubre 18, 2024

Lacalle Pou vetó parcialmente la inhibición a fiscales para trabajar como abogados

El presidente Luis Lacalle Pou vetó de manera parcial el artículo 636 de la Rendición de Cuentas, que establece la inhibición a los fiscales para desempeñarse como abogados en el ámbito penal privado hasta tres años después de su cese en Fiscalía, que fue considerado inconstitucional por el sector.

La cuestión, que generó un fuerte rechazo de parte de la Asociación de Magistrados Fiscales del Uruguay (AMFU), había sido propuesta por Cabildo Abierto (CA) y validada por el Parlamento, aunque había trascendido el malestar de Lacalle Pou por la concesión.

El mandatario vetó la disposición, pero sólo para los fiscales penales, mientras mantuvo la inhibición para los fiscales de Corte. Según trascendió, no cree que ese tipo de incompatibilidades de la función pública y privada sean una buena medida.

De acuerdo a la norma, «el Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación y el Fiscal Adjunto de Corte estarán inhibidos por tres años, desde su cese, de intervenir en asuntos tramitados ante los organismos en los que cumplieron funciones, patrocinando o asistiendo a terceros».

El artículo generó críticas y medidas de fuerza de parte de la AMFU, cuyo presidente Willian Rosa creía que el veto no era “muy factible” y cuestionó en aquella ocasión que existía “un ensañamiento contra los fiscales”.

Rosa, además de una serie de reclamos salariales y de condiciones laborales, había pedido “que retiren del proyecto la inconstitucional inhibición de los Fiscales luego del Cese, aprobada en una semana en el Senado”.

Además del pedido de inconstitucionalidad, algunos dirigentes políticos evaluaban elevar el reclamo a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Hubo veto para otros dos artículos
Por otra parte, Lacalle Pou dispuso el veto para el artículo 664 de la Rendición de Cuentas ligado al control y fiscalización de las carnicerías, que establecía una modificación en la Ley de Urgente Consideración (LUC) para que el Instituto Nacional de Carnes (INAC) sólo tenga potestad en Montevideo y dé así mayor injerencia a las intendencias.

El veto restante fue para el artículo 266, ligado a la renovación por 10 años de las licencias de radios, que el presidente también dejó sin efecto.

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